viernes, 18 de setiembre de 2009

Aplicación del Silencio Administrativo: Retos y tareas pendientes


La Defensoría del Pueblo ha publicado el Informe Defensorial N° 145 "Aplicación del Silencio Administrativo: Retos y tareas pendientes
Estructura del Informe Defensorial
Para la elaboración del Informe Defensorial “Aplicación del Silencio Administrativo: Retos y tareas pendientes” fue necesario recabar información proveniente de diversas fuentes con la finalidad de contar con datos que, además de mostrar la actual situación de la implementación de la Ley de Silencio Administrativo y normas conexas, evidencien los alcances del silencio administrativo, desde sus orígenes, su tratamiento en el derecho comparado, así como en la
dogmática, la jurisprudencia y la legislación interna.

Así, en el primer capítulo, se presenta información sobre los orígenes del silencio administrativo en Francia, país que marcó la pauta para frenar la inercia de la administración estatal ante las pretensiones de los ciudadanos, hasta llegar a la definición esbozada, en la actualidad, desde la
doctrina, en torno a esta institución, así como a sus clases.

El segundo capítulo aborda el silencio administrativo en el derecho comparado (específicamente en España, Chile, Argentina, Ecuador, Colombia, México y la Comunidad Europea), a fin de obtener una mirada global sobre el tratamiento jurídico y dogmático de esta institución,
advirtiéndose que, en la mayoría de ellos, el silencio administrativo positivo constituye la regla general y el silencio administrativo negativo la excepción.

El siguiente capítulo está referido al tratamiento jurídico, dogmático y jurisprudencial del silencio administrativo en el ámbito interno. En éste se hace un recuento de la legislación sobre el silencio administrativo antes del año 2001 y la emitida a partir de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con especial énfasis en la regulación que se brinda a esta institución a raíz de la emisión de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y las normas conexas. Así, se detallan las modificaciones introducidas por estas normas, su sentido y
aquellos aspectos que requieren ser modificados, en razón de la doctrina nacional y la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional.

En el cuarto capítulo se describen las obligaciones contenidas en la normatividad sobre el silencio administrativo, así como la labor de las entidades y los funcionarios responsables de su cumplimiento con especial énfasis en la labor efectuada hasta el mes de julio de 2009 por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la
Contraloría General de la República y la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas el INDECOPI.

Luego de dicha descripción, en el quinto capítulo se detalla la labor de la Defensoría del Pueblo desde el año 2008 al mes de julio de 2009 con relación al proceso de implementación de la normatividad sobre el silencio administrativo, así como el resultado de las actividades efectuadas que dan cuenta del nivel de cumplimiento de las exigencias establecidas en dicho marco normativo por parte de las instituciones de la administración pública supervisadas.
Finalmente, en el sexto capítulo se presentan las conclusiones reseñadas a partir de la revisión y análisis de la información recabada, así como las recomendaciones orientadas a contribuir a la solución de la problemática identificada en beneficio de los ciudadanos que se encuentran en situación de desprotección e indefensión frente a la inercia de la administración.


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